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Carta abierta a la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha y la Fundación Tripartita

Estimados señores:

Leemos con enorme interés la nota de  prensa publicada por ABC, así como la nota en la propia web de la Federación,  en relación con el convenio de asesoramiento en protección de datos con una conocida empresa. Es positivo que empresas y administraciones se acerquen y hay que felicitarse por ello. Sin embargo, una frase citada entrecomillada, y por tanto no imputable al periodista, nos ha llamado poderosamente la atención: «y todo ello, a coste cero». Bajo ese epígrafe “LOPD a coste cero” se han desarrollado actividades  de asesoramiento y consultoría “disfrazadas” de formación y con cargo a la Fundación Tripartita, prácticas que esta Fundación ha considerado fuera de los fines por los cuales se conceden las subvenciones. El expuesto en su comunicado ¿es otro “coste cero” distinto de aquel contra el que la Fundación Tripartita ha advertido en dos ocasiones (http://www.fundaciontripartita.org/index.asp?MP=4&MS=105&TR=A&IDR=11&id=458 y http://www.fundaciontripartita.org/index.asp?MP=4&MS=105&TR=A&IDR=11&id=576)? 

Si una entidad que agrupa a Administraciones Públicas firma un Convenio de esta naturaleza desde la Asociación Profesional Española de Privacidad sólo podemos llegar a distintas conclusiones:

1. Que la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, como suele ocurrir en estos casos ha realizado un análisis previo que incorpore tanto un juicio de legalidad y de oportunidad del citado Convenio. No podemos llegar a otra conclusión, ya que si por el contrario el acuerdo se centrase precisamente en las prácticas que expresamente proscribe la Fundación Tripartita se les estaría otorgando carta de naturaleza y un espaldarazo mediático que, evidentemente, supondría ventajas competitivas: si la FEMP confía, todas y cada una de les entidades del territorio debería hacerlo.

2. Es razonable pensar que la Federación habrá consultado a la Fundación o que ésta, de modo inmediato ante la lectura de la expresión «y todo ello, a coste cero», habrá iniciado de inmediato una investigación para asegurarse de que el objeto del convenio es lícito, máxime teniendo en cuenta los antecedentes mencionados

Desde APEP entendemos que esta es la única aproximación posible, esto es una empresa dentro de la legalidad ofrece servicios lícitos. Porque de no ser así de darse la hipótesis de una oferta de servicios de asesoramiento con cargo a los fondos de formación, incluso como regalo lícito, sucedería lo siguiente:

1. Que existen dos tipos de empresa en el sector, aquellas que siendo beneficiarias del oportuno reconocimiento pueden disponer de fondos públicos obteniendo ventajas competitivas en el mercado frente a su competencia.

2. Que un sector emergente y creador de empleo, en duros tiempos de crisis, se arruina gracias a la formación bonificada,  que no es realmente formación sino consultoría, en directa competencia y con ventajas inadmisibles ante otras Empresas del sector que actúan en base a los criterios de la Fundación Tripartita.

Estimados señores, ¿nos podemos permitir este lujo en tiempos de crisis, de recortes y de esfuerzo fiscal? Si la respuesta es afirmativa, tal vez la Fundación Tripartita debería permitir a todos los profesionales del sector beneficiarse de esta ventaja competitiva pero de modo más transparente, permitiendo a todas las Empresas acceder a los concursos correspondientes en igualdad de condiciones, tal como marca la Ley. El proceso de implementación del cumplimiento adecuado de la LOPD requiere actividades de consultoría bajo enfoques jurídicos, organizativos y técnicos (ver el documento de APEP sobre “Claves para identificar un proyecto adecuado de consultoría para implementar la LOPD de forma integral”   (https://www.apep.es/claves-para-identificar-un-proyecto-adecuado-de-consultora-para-implementar-la-lopd-de-forma-integral/).,

y la Fundación Tripartita es plenamente consciente de ello y del uso indebido que se está realizando de sus fondos para financiar proyectos de consultoría sobre LOPD amparados en actividades de formación, las cuales pueden formar parte del proyecto pero no financiar la totalidad y proponer el “coste cero” mencionado.

Desde APEP, y en base a experiencias anteriores,  rogamos se verifique si existe algún problema de legalidad en el citado Convenio. En caso positivo, los españoles que contribuyen con sus impuestos a la financiación de la formación laboral en España merecen alguna actuación y alguna explicación. 

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