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Nota de prensa AEPD sobre Sentencia del TJUE: interpretación artículo 7 f directiva 95/46/CE

La Agencia Española de Protección de Datos ha hecho publica una nota de prensa sobre esta sentencia, que por su interés reproducimos a continuación.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelve la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo relativa a la interpretación del artículo 7 f) de la Directiva 95/46/CE

(Madrid, 24 de noviembre de 2011) El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha hecho pública hoy la sentencia que resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo, sobre la interpretación del artículo 7 f) de la Directiva 95/46/CE relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

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INTECO organiza la Semana de la Seguridad

El Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO), a través de la Oficina de Seguridad del Internauta (OSI) y su Centro de Respuesta a Incidentes de Seguridad (INTECO-CERT), organiza la Semana de la Seguridad con motivo del Día Internacional…

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Participación de la Asociación Profesional Española de Privacidad en ENISE y otras actividades.

Los días 25 y 26, de octubre APEP, representada por su presidente, ha participado en distintas actividades.

En primer lugar se ha participado en el encuentro «ICA-CITRA Toledo 2011. Keeping archives in a digital World», en el se han analizado aspectos relacionados con la aplicación de las normas sobre protección de datos en entornos de archivo. Durante su intervención Ricard Martínez destacó, entre otras cosas la importancia de los profesionales de la documentación en el cumplimiento normativo de la LOPD, tanto desde el punto de vista de las funciones específicas que se deducen claramente de la normativa, como en lo relativo a la importancia de sus conocimientos en relación con la gestión de la información y la documentación. Finalmente además de subrayar la insuficiencia de las normas específicas y la dificultad de la aplicación de los criterios que rigen el acceso a los documentos obrantes en archivos históricos, se señalaron como retos inmediatos la implantación de la administración electrónica y el derecho al olvido reclamando la necesidad de una actuación proactiva de las autoridades de protección de datos elaborando guías prácticas en esta materia.

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Reunión APEP con el director de la APDCM

Miembros de la junta de la Asociación Profesional se reúnen con el Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En el marco del Convenio que vincula a ambas instituciones, Marcos Judel, Cecilia Álvarez y Ricard Martínez Martínez, se han reunido con el director de la APDCM D. Santiago Abascal Conde.

Durante la reunión, se han planteado al Director distintos aspectos q afectan al sector de la privacidad tanto desde el punto de vista profesional como desde el de la promoción del derecho fundamental a la protección de datos.

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Intervención de Ricard Martínez en el IV Foro DPI

El presidente de la Asociación Profesional Española reivindica una interpretación de la reforma de la LOPD que tenga en cuenta la diligencia de los responsables en el IV Foro del Data Privacy Institute

En el marco de la mesa redonda sobre “Primeras resoluciones tras la reforma del régimen sancionador de la LOPD” José Luis López Calvo, Subdirector General de Inspección de la Agencia Española de Protección de Datos, y Ricard Martínez Martínez, presidente de APEP abordaron las consecuencias prácticas de la última reforma.

En su intervención el presidente de APEP analizó distintas sentencias de la Audiencia Nacional que aplican con carácter retroactivo las previsiones del art. 45 de la LOPD, así como las primeras resoluciones dictadas aplicando la figura del apercibimiento. En primer lugar, destaco que la reforma supone en la práctica un mantenimiento del statu quo de la Administración Pública, no sometida a sanción pecuniaria alguna, considerando a continuación un acierto, la simplificación y clarificación de los tipos de infracción.

Por otra parte, examinando la reducción de las cuantías en las sanciones calificó la reforma de maquillaje en la medida en la que, por una parte se ha incrementado la infracción mínima hasta los 900 euros y, si bien es cierta la disminución en 20.000.-euros del tramo máximo de las infracciones leves, y mínimo de las graves, el conjunto de tramos se mantiene en lo esencial con un límite de 600.000 euros.

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