El presidente de la Asociación Profesional Española reivindica una interpretación de la reforma de la LOPD que tenga en cuenta la diligencia de los responsables en el IV Foro del Data Privacy Institute
En el marco de la mesa redonda sobre “Primeras resoluciones tras la reforma del régimen sancionador de la LOPD” José Luis López Calvo, Subdirector General de Inspección de la Agencia Española de Protección de Datos, y Ricard Martínez Martínez, presidente de APEP abordaron las consecuencias prácticas de la última reforma.
En su intervención el presidente de APEP analizó distintas sentencias de la Audiencia Nacional que aplican con carácter retroactivo las previsiones del art. 45 de la LOPD, así como las primeras resoluciones dictadas aplicando la figura del apercibimiento. En primer lugar, destaco que la reforma supone en la práctica un mantenimiento del statu quo de la Administración Pública, no sometida a sanción pecuniaria alguna, considerando a continuación un acierto, la simplificación y clarificación de los tipos de infracción.
Por otra parte, examinando la reducción de las cuantías en las sanciones calificó la reforma de maquillaje en la medida en la que, por una parte se ha incrementado la infracción mínima hasta los 900 euros y, si bien es cierta la disminución en 20.000.-euros del tramo máximo de las infracciones leves, y mínimo de las graves, el conjunto de tramos se mantiene en lo esencial con un límite de 600.000 euros.